DISCAPACIDAD (NUEVA LEY)

Con la edad, es posible que una persona ya no se encuentre en plenas facultades para regir su persona y bienes, en cuyo caso, se debe solicitar medidas de apoyo a su discapacidad, que necesariamente será declarada mediante sentencia judicial.

Está pensada precisamente para proteger a las personas cuando llegan a una situación en la que no pueden valerse por sí mismas, por ejemplo, para que no se aprovechen de ellas terceras personas.

Hay muchos controles con respecto a las medidas de apoyo a la persona con alguna discapacitación de los progenitores, cónyuges o familiares, de forma que nunca se les va a perjudicar, sino que estarán protegidos por la ley.  El Ministerio Fiscal vela asimismo por a lo largo de todo el procedimiento y posteriormente con controles de revisión junto con el Juzgado.

Las medidas de apoyo a la persona con discapadicad es un procedimiento que sirve para determinar el curador de la persona, cuando esta ya no puede tomar decisiones por sí misma. Si una persona que padece, por ejemplo Alzheimer en fase avanzada ya no puede tomar decisiones por sí misma se puede acudir a este procedimiento, que se suele plantear como último recurso.

La persona que, en su lugar, puede iniciar la petición de incapacitación judicial es; 

cónyuge o los descendientes (hijos o nietos),

ascendientes (padres o abuelos) o hermanos.

3º También hacerlo el Ministerio Fiscal.(por indicación del Asistente Social)  

Nos encargamos de la tramitación de procedimientos judiciales encaminados a obtener las medidas de apoyo a la persona con discapacitación.

Y del mismo modo, prestamos asesoramiento legal a los curadores, en lo relativo al cumplimiento de las obligaciones propias de su cargo.

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